¿Cómo Comprar?
Las personas que deseen participar en la subasta deberán presentar:
- En caso de personas físicas, su D.N.I. o documento de identidad válido provisto de fotografía. Si la puja la realiza en nombre de un tercero deberá aportar autorización escrita acompañada de D.N.I. o documento de identificación válido.
- En caso de persona jurídica, la escritura pública de constitución, tarjeta acreditativa del Número de Identificación Fiscal (N.I.F.) así como documento que acredite poderes suficientes para actuar en nombre de la sociedad.
Los lotes se adjudicarán al mejor postor. La Sala designará un director de la subasta, encargado de la dirección de la misma que será quien adjudique los lotes al mejor postor, el cual quedará vinculado automáticamente al pago del lote por la cantidad de la puja realizada, más impuestos, comisiones y gastos devengados, no pudiendo desistir de la misma.
El estado podrá ejercer el derecho de tanteo y retracto sobre todas las obras incluidas en la subasta.
La Sala sólo procederá a la entrega de los lotes adjudicados una vez que éstos, y las cantidades devengadas en razón de los mismos, hayan sido pagados en su totalidad.
La Sala podrá exigir una determinada fianza a los licitadores como requisito para participar en la subasta lo que hará constar en el anuncio de la misma, y nunca excederá del 5% del precio de salida del lote. La fianza de los adjudicatarios, en su caso, será considerada como pago a cuenta de las cantidades devengadas. La fianza será devuelta a los licitadores que no resulten adjudicatarios en los tres (3) días siguientes a la fecha de celebración de la subasta. La Sala podrá también requerir a los licitadores, cuando lo considere oportuno, referencias bancarias a fin de asegurar la solvencia de estos.
El pago de los lotes adjudicados podrá efectuarse a través de:
- Dinero en efectivo por cantidades no superiores a los 2.500 euros, de conformidad con la Ley 7/2012 de 29 de octubre.
- Transferencia bancaria a la cuenta corriente de la Sala.
- Cheque bancario conformado.
Las personas que deseen pujar en la subasta deberán rellenar un impreso de solicitud de la paleta acreditativa de sus compras y conforme a las condiciones de la subasta en las mesas destinadas al efecto, donde se le entregará el número de paleta correspondiente.
Tanto las pujas por escrito como por teléfono podrán ser aceptadas rellenando completamente los impresos facilitados al efecto por la Sala. En caso de que se reciban varias pujas por escrito de igual cantidad para un mismo lote, se concede prioridad a la más antigua. Asimismo, en caso de empate entre una puja realizada en la Sala o por teléfono y una oferta efectuada por escrito, ésta última tendrá preferencia. Las pujas por escrito serán defendidas por el Director de la subasta o el personal de la Sala hasta el límite fijado en la misma, tratando de adjudicar el lote ofertado en el precio más bajo posible que permitan las demás pujas y precios de reserva si hubieran sido establecidos. Este sistema no determinará que se trate de una venta a distancia de conformidad con lo establecido en el artículo 38 de la Ley de Ordenación del Comercio Minorista. La Sala se reserva el derecho de rehusar las pujas por escrito recibidas en las tres (3) horas previas a la celebración de la subasta, sin necesidad de justificación o explicación alguna. Por otro lado sólo se permitirán las pujas por teléfono para lotes cuya cifra de salida sea igual o superior a quinientos (500) euros. La orden para participar telefónicamente implica que el postor se obliga, al menos, a cubrir la cifra de salida.
En caso de duda o desacuerdo sobre la adjudicación o precio del remate entre dos o más licitadores o postores y, en general, cualquier diferencia entre los postores de una subasta, será dirimida por el Director de la subasta, que determinará a quien corresponde el lote de manera inapelable. Además, si el Director de la subasta no resolviera sobre la marcha el desacuerdo o la diferencia surgida entre postores, la Sala tendrá la facultad de proceder a una nueva subasta del lote en cuestión.
El transporte de los bienes adjudicados será realizado por el adjudicatario por su cuenta y riesgo. En el caso de ser solicitado dicho servicio por el adjudicatario los gastos que ocasionen el embalaje y el transporte de los bienes adjudicados correrán por cuenta de éste y deberán ser pagados de forma anticipada.
Durante el período de exposición previa a la subasta el comprador podrá comprobar y expertizar por sí mismo, el estado de las piezas que sean de su interés así como verificar que la catalogación es fehaciente y formar su propia opinión al respecto. Los datos e informaciones contenidos en el catálogo representan un juicio/opinión de buena fe fruto del estudio e investigación de los expertos de la Sala y teniendo en cuenta las manifestaciones de sus propietarios y/o vendedores. No obstante, la Sala no asume responsabilidad alguna respecto a la certeza y la exactitud de los mismos, considerándose el catálogo como una mera orientación no vinculante. Los lotes se subastarán en el estado en que se encuentran, y no se aceptarán reclamaciones relativas a desperfectos, roturas, restauraciones etc. ya existentes durante la exposición del bien de que se trate, a pesar de no haber estado descrito en el catálogo.
Todos los clientes deberán informarse si las piezas adquiridas necesitan permiso de exportación antes de su transporte fuera de España. Correrán por cuenta del cliente las tasas que deban abonar, en su caso, al Ministerio de Cultura. Es responsabilidad del cliente obtener dicho permiso y la no concesión o el retraso en conseguirlo no le eximirá en ningún caso del pago de la pieza, qué deberá realizarse durante los diez día posteriores a la subasta.